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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia abre a consulta pública la regulación del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto a consulta pública la Circular que regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.  Según el artículo 2.2 de la Orden ITC/2877/2008 publicada en el BOE del 14 de octubre de 2008, el “biohidrógeno” se define como “hidrógeno producido a partir de la biomasa u otras fuentes renovables de energía”.

Esta circular derogará y sustituirá a la circular 1/2019, de 13 de marzo, y modificará la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte (CIR/DE/016/19).

Durante este proceso de audiencia pública, todos los agentes interesados podrán remitir a la CNMC sus alegaciones y su contribución a la mejora técnica de esta propuesta.

Principales novedades

Esta Circular desarrolla las disposiciones necesarias para que la Entidad de Certificación de  Biocarburantes pueda ejercer sus funciones de acuerdo con la normativa vigente. Para ello, establece los requisitos que deberán cumplir los sujetos obligados para acreditar la titularidad de un mínimo de Certificados que les permitan cumplir los nuevos objetivos de biocarburantes. En concreto, un objetivo máximo del 7,2% de biocarburantes procedentes de cultivos agrícolas y un objetivo indicativo del 0,1% de biocarburantes avanzados, como indica el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre.

Asimismo, la Circular concreta una serie de aspectos operativos con el fin de dotar al sector de mayor seguridad jurídica y aumentar las garantías y la protección frente al fraude.

¿Cómo participar en la consulta?

Los comentarios podrán ser remitidos en un plazo de 20 días hábiles a contar desde el 28 de mayo y tendrán carácter público salvo que expresamente se indique lo contrario. Deberán enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC, indicando como órgano de destino la Secretaría del Consejo y el número de expediente CIR/DE/016/19.

Más información y documentación complementaria aquí.

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